Entendemos por nacimiento, el momento en que una persona tiene vida propia, fuera del seno materno. Tras el nacimiento del niño, a los padres se les obliga a inscribirlo en el Registro Civil, bien de forma telemática desde el hospital o en las propias oficinas. El plazo para inscribirlos va desde las 24 horas a los 8 días transcurridos desde el nacimiento.
El registro del nacimiento es importante porque es la prueba legal de su identidad, si no, los niños no contarían, serían invisibles. Esto significa que podrían quedar excluidos de la protección y el respeto de sus derechos, así como de los servicios esenciales como la atención a la salud y a la educación. El registro es un derecho fundamental.
La elección del nombre es una decisión complicada y a la vez emocionante para los padres y por eso nos pueden surgir muchas dudas a la hora de ponérselo. Hasta 1977, la Ley de Registro Civil limitaba la libertad en el otorgamiento del nombre.
La elección de nombre se ha ido flexibilizando con el tiempo, por ejemplo, ahora se puede inscribir al bebé con algunos nombres coloquiales o inventados. Pero no le podemos poner cualquier nombre, hay unas normas, que se citan en nuestra ley del 8 de junio de 1957 del Registro Civil, articulo 54.
En el artículo se indica que no podrán inscribirse más de dos nombres simples o uno compuesto. En este caso, los nombres se unirán por medio de un guión y ambos se escribirán con mayúscula
También queda prohibido usar traducciones en otras lenguas. No obstante el articulo no cita nada relacionado con firmas o marcas comerciales o personalidades ficticias o reales, sin embargo, sí que podrías tener problemas a la hora de intentar inscribirlo en el Registro Civil.
Por otro lado, tampoco se podrán utilizar nombres que puedan inducir a la confusión en la identificación del sexo o que puedan perjudicar objetivamente a la persona. Por tanto se excluyen los que resulten por sí o en combinación con los apellidos, humillantes, deshonrosos, denigrantes…
Además, este artículo, también recoge que no se podrá llamar a la persona con ningún nombre que ya tenga alguno de sus hermanos, a no ser que haya fallecido.
En el caso de que el nombre sea extranjero, se impondrá el nombre que aparezca en el certificado extranjero respetando la gramática del idioma, a no ser que se acepte el uso habitual de otro nombre. Si no se respetan las restricciones señaladas, será sustituido, o bien por uno que la persona escoja o por uno impuesto por el oficio. En caso de que el nombre propio se escriba distinto, se registrará por su transcripción, para adaptarlos gráfica y fonéticamente.
Por eso antes de pensar en cualquier nombre para vuestra hija o hijo, debéis tener en cuenta todas estas normas y que finalmente se aplicará la voluntad del juez que, puede decidir si el nombre es ofensivo o no.
Estas prohibiciones se interpretarán restrictivamente.
En mi opinión yo creo que para algo existen las leyes y para algo existen los jueces, para poner un poco de orden y para orientarnos en las decisiones que tomamos. Y mucho más cuando estas decisiones pueden afectar la vida de otras personas. Aunque en algunos momentos pensemos que estas leyes son un poco absurdas o no nos encajan, siempre hay que pensar que están hechas desde el buen criterio y el buen hacer de personas que están intentando proteger tanto nuestros derechos como los derechos de los menores. Por lo tanto, sí que creo que es conveniente que haya una regulación a la hora de poner el nombre a los bebes, para que en el futuro estos bebes no se encuentren con situaciones desagradables que se podían haber evitado antes. No tenemos que creer que el nombre hace única a la persona, sino que la persona hace único al nombre.
https://www.niusdiario.es/nacional/tribunales/limitaciones-poner-nombre-hijos-evn3m_18_3206973874.html “limitaciones a la hora de ponerle nombre a tus hijos”, Claudia Cebrián Mozas, publicado por NIUS.
https://www.salamanca24horas.com/nacional/esto-es-debes-saber-antes-ponerle-nombre-recien-nacido-en-espana_15058429_102.html “Esto es lo que debes saber a la hora de ponerle nombre a un recién nacido en España”, autor anónimo, publicado por Salamanca24horas.com.
https://www.legalitas.com/actualidad/existen-restricciones-a-la-hora-de-elegir-el-nombre-de-un-hi- “¿Existen restricciones a la hora de elegir el nombre de un hijo?”, sin autor, publicado por Legálitas.